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jueves, 24 de noviembre de 2011

Control de la exposición a agentes químicos por vía dérmica



El contacto de determinadas sustancias y mezclas con la piel del trabajador puede ocasionar efectos adversos como dermatitis de contacto, dermatitis alérgica u otras como urticaria, acné, etc. Además, el paso de dichas sustancias a través de la piel pueden causar enfermedades sistémicas en determinados órganos (hígado, riñones, etc.).

Por tanto, el contacto con sustancias irritantes o corrosivas o el paso de otras a través de la vía dérmica y los posibles efectos sistémicos que se pueden producir deben ser tenidos en cuenta en la evaluación de los riesgos por exposición a agentes químicos.

Por tanto, en primer lugar deben ser identificadas estas sustancias por sus frases R ó H y estudiar como son utilizadas en el puesto de trabajo:

- Cantidades utilizadas.
- Frecuencia de uso.
- ¿Cuántos trabajadores la utilizan?
- ¿Cómo es manipulada? ¿Cuál es la probabilidad de contacto con partes no protegidas del cuerpo del trabajador y durante cuanto tiempo?
- ¿Es probable la exposición por vía aérea?
- ¿Qué medidas preventivas se usan?
- ¿Cuáles se deberían usar para evitar la exposición?

Hay que tener en cuenta contactos por inmersión, salpicaduras, deposición de polvos, humos y aerosoles, contacto con superficies contaminadas, etc.

Otro riesgo a tener en cuenta son los trabajos en húmedo, con contactos con líquidos, incluida el agua, de más de 2 horas o más de 20-40 contactos o lavados de manos con agua pueden desencadenar dermatitis.

Para controlar todos estos riesgos se deberán adoptar las medidas de gestión de riesgos adecuadas basadas en:

- Evitar o reducir el contacto con agentes que produzcan efectos adversos en la piel.
- Proteger la piel del trabajador.
- Detectar cuanto antes los primeros síntomas de efectos en la piel.

La eliminación del contacto puede ser por cambio en el proceso, o bien la sustitución del agente por otro que no sea perjudicial para la piel, usando controles de ingeniería como cerramientos, cabinas con guantes o utilizando ropa impermeable y equipos de protección personal como guantes.

Los guantes debe estar fabricados con un material adecuado en función del agentes con el que se esté trabajando (neopreno, PVC, nitrilo, etc.), usar la medida adecuada, utilizarlo adecuadamente incluyendo procedimientos para ajustarlos adecuadamente y quitárselos sin contaminar las manos y se deberá realizar un correcto mantenimiento y limpieza de los mismos y una formación adecuada.

Para la selección del guante se debe considerar:

1. Las sustancias manipuladas.
2. Otros riesgos para las manos.
3. El tipo y duración del contacto.
4. El tamaño de las manos y el confort para el trabajador.
5. La sensibilidad que requiere el trabajador para realizar sus tareas.

En el apéndice 8 de la Guía de Agentes Químicos del INSHT se dan unos criterios generales para la selección de EPIs para la protección frente a agentes químicos, especialmente nos interesa guantes y ropa de protección.


A continuación se adjuntan una serie de enlaces que nos pueden ayudar en la selección de los guantes en función de las sustancias utilizadas.

Guía orientativa para la selección y utilización de guantes de protección del INSHT

http://protecpo.inrs.fr/ProtecPo/jsp/Accueil.jsp

Guía de selección de guantes de Marigold

Guía de selección de guantes de SHOWA

Guía de selección de guantes ANSELL

En cuanto a métodos para evaluar el riesgo de exposición a agentes químicos por vía dérmica, se han seleccionado los siguientes:

NTP 697 del INSHT. Exposición a contaminantes químicos por vía dérmica.

RISKOFDERM "Risk assessment for occupational dermal exposure to chemicals" (EU)
Hoja de cálculo: http://www.tno.nl/downloads/RISKOFDERM%20potential%20dermal%20exposure%20model%20vs%202.1t.xls

ECETOC TRA Permite evaluar el riesgo de exposición por vía dérmica dentro de unos límites

STOFFENMANAGER Permite evaluar el riesgo de exposición en función de la vía de entrada, incluida la dérmica. Aceptado por la autoridad laboral de Holanda.

Consultar otros artículos de interés:

http://books.hse.gov.uk/hse/public/saleproduct.jsf?catalogueCode=9780717663095“Managing skin exposure risks at work”. HSE.

http://www.irsst.qc.ca/en/-irsst-publication-percutaneous-absorption-of-contaminants-in-the-workplace-r-106.htmlL'absorption percutanée des contaminants du milieu de travail (Percutaneous absorption of contaminants in the workplace). IRSST.

domingo, 6 de noviembre de 2011

Dinamarca establece criterios para la clasificación de alteradores endocrinos

Dinamarca ha desarrollado criterios para sustancias alteradores endocrinos y evaluará las 22 sustancias de la SIN List 2.0 (Sustitute It Now!),  incluidas por NGO ChemSec en su última versión de la lista SIN, sospechosas para estas organizaciones ambientales de actuar como alteradores endocrinos e investigará si existe "efecto cocktail". 

Dinamarca pone así en marcha el debate sobre la definición de estos criterios en la UE.  Los daneses determinarán, a través de su Centre for Endocrine Disrupters, si dichas sustancias  deberían clasificarse como alteradores endocrinos de acuerdo a los criterios recientemente propuestos en Dinamarca. Si fuera así, Dinamarca animará al resto de países a eliminarlos de Europa. 

Los alteradores endocrinos son sospechosos de causar cáncer en los testículos, del que Dinamarca ostenta la mayor incidencia del mundo. Estas sustancias pueden debilitar la calidad del semen en los jóvenes, causar malformaciones de los órganos reproductores en los bebés, desarrollo prematuro del pecho o daños de nacimiento en los genitales de niñas y desórdenes en animales salvajes.

Si las sustancias reúnen los criterios, Dinamarca solicitará que se incluyan en en la lista de sustancias candidatas del REACH, que es el primer paso para su expulsión del mercado. Si fuera necesario pediría ayuda a la industria para ganar conocimiento sobre los alteradores endocrinos.

Dinamarca es pionera en el conocimiento de los alteradores endocrinos y aprovechará la presidencia de la UE en el segundo semestre de 2012 para meter en la agenda a los alteradores endocrinos y al "efecto cocktail", según afirmo el Ministro de Medio Ambiente Ida Auken.

Puedes leer más sobre las 22 sustancias aquí.

Publicada Recomendación CE sobre la definición de nanomateriales

"Nanomateriales" son materiales cuyos componentes principales tienen una dimensión entre 1 y 100 mil millonésima de metro, de acuerdo con una  pdf iconrecomendación sobre la definición de los nanomateriales adoptada por la Comisión Europea. El anuncio marca un paso importante hacia una mayor protección de los ciudadanos, definiendo claramente los materiales que necesitan un tratamiento especial en la legislación específica.
El comisario europeo de Medio Ambiente, Janez Potocnik, dijo: " Estoy feliz de decir que la UE es la primera en presentar una designación transversal de los nanomateriales que se utilizará a todos los efectos reglamentarios. Hemos llegado a una definición sólida basada en información científica. y una amplia consulta. La industria necesita un claro marco regulador coherente en este importante sector económico y los consumidores merecen información precisa acerca de estas sustancias. Es un paso importante hacia la solución de los posibles riesgos para el medio ambiente y la salud humana, garantizando al mismo tiempo que esta nueva tecnología pueden desarrollar su potencial. "
Los nanomateriales ya se están utilizando en cientos de aplicaciones y productos de consumo que van desde pasta de dientes a pilas, pinturas y ropa. El desarrollo de estas sustancias innovadoras es un motor importante para la competitividad europea y tiene un potencial significativo para el progreso en áreas como la medicina, la protección del medio ambiente y eficiencia energética. Pero a medida que sigue habiendo incertidumbre acerca de los riesgos que representan, es necesaria una definición clara para garantizar que se aplican normas de seguridad química apropiadas. La definición nos ayudará a todos los interesados, incluidas las asociaciones de la industria, ya que da coherencia a la variedad de definiciones que se utilizan actualmente en los diferentes sectores. La definición será revisada en el 2014 a la luz del progreso técnico y científico.
La recomendación también cumple con un compromiso asumido en 2009 por el Parlamento Europeo para emitir una definición que sea ampliamente aplicable a toda la legislación de la UE relativa a los nanomateriales.
La definición adoptada se basa en un enfoque que tiene en cuenta el tamaño de las partículas constituyentes de un material, en lugar de peligro o riesgo. El texto describe un nanomaterial como "un material natural, accidental o manufacturado que contengan partículas, en un estado no ligado, o como un agregado o como un aglomerado, y donde el 50% o más de las partículas en el número de la distribución del tamaño, uno o más dimensiones externas están en el rango de tamaño de 1 nm - 100 nm "
La definición se basa en el asesoramiento científico del Scientific Committee on Emerging and Newly Identified Health Risks (SCENIHR) y del Joint Research Centre (JRC). Un borrador de la definición fue objeto de una consulta pública. 
Información técnica y detallada está disponible en la Comisión Europea, MEMO/11/704 - Questions and answers on the Commission Recommendation on the definition of nanomaterial.
La definición propuesta por la CE se revisará en 2014 teniendo en cuenta el progreso científico y técnico.