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domingo, 30 de octubre de 2011

Agentes químicos ototóxicos



Una sustancia o un agente ototóxico es aquél cuya exposición combinada con el ruido causa una reducción en la capacidad auditiva. La vía de exposición que utiliza el agente no es el propio oído sino el torrente sanguíneo, al que accede tras la inhalación o la absorción del agente a través de la piel, desde donde llegará a los componentes sensoriales del oído. 


El daño no se traduce sólo en una pérdida de capacidad auditiva, que reduce la percepción y  volumen de los sonidos, sino también en una reducción de la capacidad de discriminar diferentes sonidos, con el resultado de oír el sonido distorsionado, además de una intensidad inferior a la real.
La hipoacusia o reducción de la capacidad auditiva es el resultado dañino de una acción neurotóxica del agente ototóxico que inhibiría los músculos reflejos del oído medio, parece ser que el órgano crítico es la cóclea y, en menor escala, el vestíbulo. Algunos agentes, como los disolventes, afectan también al nervio auditivo y a la corteza auditiva. Algunas sustancias, como los nitrilos, que causan efectos tóxicos sobre el vestíbulo, reducen el control sobre el equilibrio y pueden provocar accidentes (Toppila y otros, 2006). 


El mecanismo de acción, sólo se conoce en unos pocos casos, como la exposición a monóxido de carbono y a ácido cianhídrico, en que se ha demostrado que la pérdida auditiva se produce por la formación de radicales libres que se convierten en los principales agentes ototóxicos. A diferencia del daño producido por el ruido que lesiona mecánicamente las células ciliadas tanto externas como internas, los agentes ototóxicos sólo actúan sobre las células ciliadas externasSin embargo, para muchas sustancias no se conocen los mecanismos de acción.


Aunque, de tiempo atrás, era bien conocida la ototoxicidad de muchos medicamentos, hasta hace poco no se comenzó a estudiar sistemáticamente la ototoxicidad de los productos químicos utilizados en el lugar de trabajo. Pero en muchos aspectos, como los mecanismos de acción, la interacción con otros factores ambientales, la sinergia entre las diferentes sustancias y agentes físicos, es un campo por explorar.


Los agentes químicos implicados son principalmente disolventes orgánicos, metales pesados, pesticidas y ciertos gases. De la misma forma que otras sustancias peligrosas en los lugares de trabajo, con efectos tóxicos diferentes a la pérdida auditiva, se consideran tóxicas por encima de ciertas concentraciones, hasta la fecha no se han establecido concentraciones límites para la acción ototóxica. 



La pérdida de la audición ocurre, como se ha indicado recientemente, cuando la exposición a estas sustancias ototóxicas alcanza concentraciones suficientemente altas y próximas, aunque inferiores, a los valores límites ambientales (VLA) establecidos para otro tipo de toxicidad.


De hecho, la legislación sobre el ruido, R.D. 286/2006, hace referencia a la acción ototóxica de los agentes químicos, en su art. 5.d) pero no establece valores límites para sus  concentraciones ni para el nivel de ruido cuando actúan de manera combinada. Actualmente  hay suficientes estudios científicos que podrían ofrecer alguna referencia sobre este asunto. Recientemente (Dudarewicz y otros, 2010) se han establecido, para disolventes, los primeros valores límites que presentan efectos combinados con la exposición a ruido; para los disolventes las concentraciones estarían próximas a sus valores límites actuales y para el ruido por encima de 83 dBA.


La normativa sobre el ruido sólo se refiere a la necesidad de evaluar la exposición al ruido teniendo en cuenta la interacción o sinergia entre el ruido y los agentes ototóxicos relacionados con el trabajo. Tampoco la Guía Técnica del INSHT profundiza lo suficiente en este aspecto.


También se demostró que la acción ototóxica de las sustancias químicas se amplifica por la presencia simultánea de ruido, incluso a niveles no excesivamente elevados, por debajo de 85 dBA, umbral seguro establecido por la normativa, y de varias sustancias ototóxicas.


Téngase en cuenta que, como se informó en varios estudios, los efectos combinados más comunes que se producen en el lugar de trabajo son la presencia de ruido y de sustancias químicas peligrosas. Se ha estimado que en los EE.UU, 10 millones de trabajadores están expuestos a disolventes en lugares de trabajo donde el ruido está por encima del umbral de riesgo (80 dBA).


El verdadero problema es que en este asunto no se utiliza el principio de prudencia, incluso en ausencia de datos precisos, las sustancias afectadas se siguen utilizando en concentraciones que pueden tener acción ototóxica, porque están permitidas por la legislación específica sobre agentes químicos peligrosos (R.D. 374/2001 y otros). La consecuencia es que, en la práctica, existe la posibilidad de que la ototoxicidad se soslaye y no se identifiquen adecuadamente los riesgos. Como han señalado algunos autores (Sliwinska-Kowalska y otros, 2007), el Reglamento REACH no contempla una indicación "H" ni un pictograma para identificar y comunicar la ototoxicidad. 


Existen dificultades porque la ototoxicidad de una sustancia y, por tanto, su concentración perjudicial para el oído está influenciada por el nivel de ruido y la presencia de otros agentes ototóxicos. Por lo tanto, reducir el umbral de daño del ruido, fijado en 85 dBA, en función de la concentración de las sustancias presentes ototóxicas será un proceso largo y complejo. Hoet y Lison propusieron, en 2008, la utilización en la lista de valores límites de una notación "ruido", similar a otras notaciones como "piel", por ejemplo, cuando existan datos experimentales que sugieran que la ototoxicidad es el efecto crítico o que los efectos ototóxicos se presentan a concentraciones próximas a las de los VLA. 


Un consejo práctico propuesto por Toppila en el taller sobre "Synergistic exposure to noise, vibration and ototoxic substances" (Roma 2010) sería el de utilizar protección auditiva obligatoria por encima del nivel de acción inferior (80 dBA) ya que por debajo de este nivel no se esperan efectos combinados. En cualquier caso, es esencial seguir investigando para establecer nuevos límites integrados de ototóxicos y ruido.


Otra cosa que podría ayudar es la realización de pruebas audiométricas más específicas, que verifiquen no sólo la función de la cóclea, también la del nervio y cortex auditivos, para poner de relieve la aparición de la pérdida auditiva causada por agentes químicos. Dichas pruebas requieren necesariamente entornos especiales, como serían las empresas del metal de producción a gran escala.

Productos químicos implicados


Durante el taller organizado por NIOSH "Best Practices Workshop: Combined Effects of Chemical and Noise Hearing", sobre los efectos combinados de ototóxicos y ruido, celebrado en 2002, se elaboró ​​la siguiente lista de agentes ototóxicos para realizar su seguimiento en el lugar de trabajo:

Disolventes
  • Tolueno
  • Estireno
  • Xileno
  • n-Hexano
  • Etilbenceno
  • White spirit / Stoddard solvent (disolventes parafínicos para pinturas)
  • Disulfuro de carbono
  • Combustibles
  • Percloroetileno
Gases venenosos
  • Monóxido de carbono
  • Ácido cianhídrico y sus sales
Metales
  • Plomo y sus derivados
  • Mercurio y sus derivados
Pesticidas
  • Paraquat
  • Plaguicidas organofosforados
La doctora Thais C. Murata (NIOSH), en su artículo "Suggested guidelines for studying the combined effects of occupational exposure to noise and chemicals on hearing", añadió dos metales más:
  • Arsénico y sus derivados
  • Manganeso y sus derivados
A falta de referencias más precisas, algunos organismos internacionales han publicado diversos documentos y guías para sensibilizar a las empresas sobre cómo minimizar la exposición de los trabajadores a estas sustancias, especialmente en presencia de niveles significativos de ruido:

Algunos autores, pioneros en este campo, entre ellos varios científicos de NIOSH y, en particular, Thais C. Morata, de los que se adjuntan varios artículos.